PREGUNTAS FRECUENTES

Para que funja como representante legal de la Universidad, con facultades de un apoderado general para pleitos y cobranzas y actos de administración y de dominio; presidirá el Colegio Académico. (Artículo 23 de la Ley Número 4, Orgánica de la Universidad de Sonora)

En el nombramiento del Rector se tratará fundamentalmente de establecer un juicio de idoneidad académica entre el bien de la Universidad y las características de cada candidato, quien en todo caso deberá llenar los requisitos marcados por la Ley.

Toda persona que sea mexicano por nacimiento, que tenga no menos de treinta y cinco años, que posea título profesional a nivel licenciatura legalmente expedido, o grado universitario superior a la licenciatura; que se haya distinguido relevantemente en su especialidad profesional y tenga reconocidos méritos académicos, culturales o de investigación científica, que preste o haya prestado servicios docentes o de investigación en la Universidad de Sonora y/o haya demostrado en forma positiva interés por la institución, que goce del reconocimiento general como persona honorable y prudente y no sea o haya sido dirigente de partido político en los últimos tres años.

No. Cualquier ciudadano, con el sólo hecho de demostrar en forma positiva interés por la institución, gozar del reconocimiento general como persona honorable y prudente y no ser o haber sido dirigente de partido político en los últimos tres años, además de los requisitos de grado académico, puede registrarse como candidato a ser Rector.

No. La Ley no precisa que un aspirante sea egresado de la Universidad de Sonora para ser candidato a Rector.

La Ley no marca como requisito ser sonorense ni radicar en la entidad para ser candidato a Rector.

La Ley marca como requisito tener al menos treinta y cinco años para poder registrarse como aspirante al cargo. No marca edad límite máxima.

No. Cualquier ciudadano que llene los requisitos establecidos en la Convocatoria puede registrarse para participar en el proceso.

Otorgar poderes generales y especiales, sustituirlos o revocarlos; obligar cambiariamente a la institución; presentar querellas y otorgar el perdón correspondiente.

Convocar al Colegio Académico, por sí o a petición de más de una tercera parte de la totalidad de los miembros propietarios de éste; presidir sus sesiones, cumplir y hacer cumplir las normas y disposiciones reglamentarias que expida este órgano colegiado. Si dentro de los quince días siguientes de presentada la solicitud relativa, no se publica la convocatoria por el Rector, la misma será expedida por los miembros solicitantes.

Plantear a la Junta Universitaria aquellos acuerdos de los órganos colegiados que, en su concepto, excedan las facultades de dichos órganos, infrinjan alguna disposición legal o reglamentaria o contravengan los objetivos o las expectativas de desarrollo de la institución.

Establecer las medidas administrativas y operativas convenientes para el funcionamiento adecuado de la Universidad y ejecutar los acuerdos de la Junta Universitaria y del Colegio Académico.

Designar y remover al Secretario General Académico, al Secretario General Administrativo, al Abogado General, al Tesorero General, al Contralor General, y demás personal administrativo.

Proponer a la Junta Universitaria la designación y la remoción, en su caso, de los Vicerrectores de las Unidades Regionales.

Nombrar al personal académico y administrativo de la Universidad en los términos de esta ley y sus reglamentos.

Proponer al Colegio Académico los miembros de las comisiones permanentes y especiales y actuar como presidente exoficio de las mismas.

Presentar al Colegio Académico el proyecto de Presupuesto Anual de Ingresos y Egresos de la Universidad y el proyecto de Plan de Desarrollo Institucional.

Ejercer el presupuesto general de la Universidad conforme a lo señalado en esta ley y en el reglamento respectivo.

Presentar al Colegio Académico, dentro de los tres primeros meses a partir de la fecha en la que concluya el ejercicio presupuestal, los estados financieros con el dictamen del auditor externo nombrado para el caso por el Colegio Académico.

Presentar anualmente, al Colegio Académico, un informe sobre las actividades de la Universidad realizadas en el año anterior.

Conceder licencias al personal administrativo, conforme a las normas relativas.

Asignar comisiones al personal académico, en los términos que señale el reglamento.

Proponer al Colegio Académico los candidatos a miembro del Consejo de Vinculación Social.

Organizar, vigilar y conducir el cumplimiento de esta ley, del estatuto general, de sus reglamentos, de los planes y programas académicos y, en general, de las disposiciones y acuerdos que norman la estructura y el funcionamiento de la Universidad dictando las medidas conducentes.

Conocer y resolver sobre los asuntos administrativos que no sean competencia de otro órgano de la Universidad; y

Las demás que le señalen la Ley Número 4 y las normas y disposiciones reglamentarias de la Universidad. (Artículo 25 de la Ley Número 4, Orgánica de la Universidad de Sonora)

Los requisitos para ser Rector de la Universidad de Sonora, de acuerdo con los artículos 24 y 16 de la Ley Orgánica de la Universidad de Sonora, son los siguientes:

  • Ser mexicano por nacimiento.
  • Tener no menos de treinta y cinco años.
  • Poseer título profesional a nivel licenciatura legalmente expedido, o grado universitario superior a la licenciatura.
  • Haberse distinguido relevantemente en su especialidad profesional y tener reconocidos méritos académicos, culturales o de investigación científica.
  • Prestar o haber prestado servicios docentes o de investigación en la Universidad de Sonora y/o haber demostrado en forma positiva interés por ella.
  • Gozar del reconocimiento general como persona honorable y prudente.
  • No ser dirigente de partido político ni haberlo sido en los últimos tres años.”

El cargo de rector tendrá una duración de cuatro años, pudiendo reelegirse hasta por un segundo periodo con la misma duración.

La Junta Universitaria. (Artículo 18, fracción I, de la Ley Número 4, Orgánica de la Universidad de Sonora)

Es el máximo órgano colegiado de gobierno de la Universidad de Sonora.

La Junta Universitaria está integrada por catorce miembros de los cuales cinco serán miembros del personal académico de la Universidad. Además, será miembro exoficio de la Junta Universitaria, durante el período de su encargo, el Rector de la Universidad o la persona que lo supla. La Junta Universitaria renovará anualmente al miembro de mayor antigüedad en su designación. (Artículo 15 de la Ley Número 4, Orgánica de la Universidad de Sonora)

No. Para la validez del nombramiento de Rector se requerirá el voto aprobatorio de por lo menos diez miembros de la Junta. (Artículo 18 de la Ley Número 4, Orgánica de la Universidad de Sonora)

Nombrar al Rector, resolver acerca de su renuncia y removerlo por causa justificada. En ejercicio de estas facultades, auscultará la opinión de la comunidad universitaria en la forma que juzgue pertinente.

Nombrar a los Vicerrectores de las ternas de candidatos que le presente el Rector.

Resolver en definitiva los acuerdos de los órganos colegiados que excedan las facultades de dichos órganos, infrinjan alguna disposición legal o reglamentaria o contravengan los objetivos o las expectativas de desarrollo de la institución.

Ejercer derecho de iniciativa ante el Colegio Académico en las materias de la competencia del mismo.

Conocer y resolver los conflictos que se presenten entre los demás órganos de autoridad universitarios y de aquellos asuntos que no sean de la competencia de otra autoridad.

Proponer temas al Colegio Académico para reemplazar al miembro de más antigua designación o para cubrir las vacantes que ocurran en la junta.

Proponer anualmente al Colegio Académico una terna para la designación del auditor externo.

Proponer ternas al Colegio Académico para la designación del auditor interno.

Aprobar en definitiva el Plan de Desarrollo Institucional y el Presupuesto Anual de Ingresos y Egresos de la Universidad.

Expedir su propio reglamento y el estatuto general de la Universidad, debiendo contener este último, sin perjuicio de lo establecido en esta ley, la estructura y funcionamiento de la misma; y

Lo demás que le confiera a ley y otras disposiciones reglamentarias. Para la validez de los acuerdos a que se refiere la fracción I, se requerirá el voto aprobatorio de por lo menos diez miembros de la Junta. (Artículo 18 de la Ley Número 4, Orgánica de la Universidad de Sonora)

  • 7 al 11 de diciembre de 2020, de 9:00 a 14:00 horas: Registro de aspirantes al cargo de Rector.
  • 16 y 17 de diciembre de 2020: Reunión de la Junta Universitaria para evaluar la documentación presentada y emitir la lista de los aspirantes que cumplen los requisitos.
  • A partir del 18 de diciembre, la Junta Universitaria difundirá en el portal procesorector.unison.mx  la información curricular de los aspirantes que cumplan con los requisitos, así como el documento que contiene su visión sobre la Universidad de Sonora y la síntesis ejecutiva del programa para el desarrollo de la misma.
  • Del 4 al 29 de enero de 2021, la Junta Universitaria realizará una campaña de difusión del currículum vitae y el programa de desarrollo de los aspirantes en los diferentes medios de comunicación institucionales (radio, televisión, portal institucional, Twitter y canal de YouTube).
    La campaña de difusión incluye, además de lo señalado, la realización y producción de un video para Televisión Universitaria y el canal de YouTube, y un spot para radio.
    • Video. Del 5 al 8 de enero de 2021 se llevará a cabo una producción de video, la cual tendrá una duración de cuatro minutos y medio para cada aspirante. Con base en el video se elaborarán spots para radio, televisión y YouTube.
    • Radio. A partir del 11 de enero de 2021 se llevará a cabo una barra de programación especial con la participación de los aspirantes y preguntas del público. La participación de cada aspirante se hará en condiciones equitativas.
      A partir del 13 de enero de 2021 se trasmitirán spots en radio con duración y distribución equitativa para los aspirantes.
    • Televisión. A partir del 13 de enero de 2021 se transmitirán spots en Televisión Universitaria, con la exposición de motivos sobre el interés del aspirante por ser Rector de la Universidad de Sonora.
    • Presentación ante la comunidad. Del 18 al 21 de enero de 2021 se llevará a cabo, desde el auditorio del Centro de las Artes, la presentación de cada uno de los aspirantes ante la comunidad universitaria. Esta participación será transmitida en tiempo real por Radio Universidad y se grabará para su posterior transmisión por Televisión Universitaria.
    • Redes sociales. Durante el mes de enero, además de la información que se difundirá en el canal YouTube, la comunidad universitaria y sonorense podrá darle seguimiento al proceso en la cuenta de Twitter @RectorUnison21
  • La Junta Universitaria realizará la etapa de auscultación para conocer las opiniones de la comunidad universitaria a partir del 1 de febrero de 2021 bajo las modalidades de encuesta de opinión vía electrónica, audiencia y/o comunicación escrita:
    • Encuesta de opinión. El día 1 de febrero de 2021 los miembros de la comunidad universitaria que así lo deseen podrán expresar su opinión a favor del aspirante cuyo perfil y programa de desarrollo institucional consideren adecuado para conducir los destinos de la Universidad de Sonora. Esta opinión la podrán emitir en el siguiente sitio: procesorector.unison.mx
    • Audiencia.El 3 y 4 de febrero, los miembros de la comunidad universitaria que deseen participar podrán solicitar una audiencia a través del mismo sitio: procesorector.unison.mx.
      La Junta Universitaria atenderá, por medio de comisiones, a los miembros de la comunidad universitaria que hayan solicitado audiencia. Las audiencias se llevarán a cabo desde la Unidad Regional Centro, de manera virtual, a través de la plataforma Zoom como se describe a continuación:
      • 8 al 12 de febrero de 2021: Hermosillo.
      • 15 y 16 de febrero de 2021: Caborca y Nogales
      • 16 de febrero de 2021: Santa Ana.
      • 17 y 18 de febrero de 2021: Navojoa.
      • 18 de febrero de 2021: Cajeme.
  • Comunicado por escrito. En el periodo del 1 al 18 de febrero de 2021, la Junta Universitaria recibirá los documentos que manifiesten la opinión de miembros de la comunidad, en días y horas hábiles de oficina, a través del siguiente correo electrónico junta.universitaria@unison.mx
  • El 3 y 4 de marzo, la Junta Universitaria se reunirá para ponderar lo expresado por la comunidad universitaria en las diferentes modalidades de auscultación señaladas en la base 5 de la presente convocatoria.
  • El 4 de marzo, la Junta Universitaria publicará los nombres de quienes participarán como candidatos a ocupar el cargo de Rector de la Universidad de Sonora, en la fase final del proceso de nombramiento. .
  • Del 10 al 12 de marzo, los candidatos mencionados en la publicación de la Junta Universitaria a que se refiere el punto anterior deberán entregar en las oficinas de la misma un escrito, en no más de 10 cuartillas, a espacio sencillo, fuente Arial 12, y en formato PDF en una memoria USB, el cual deberá contener los puntos más destacados de lo que será el plan de desarrollo institucional para el periodo 2021-2025
  • A partir del 15 de marzo la Junta Universitaria entrevistará a los candidatos que hayan entregado el escrito referido en el punto anterior y, antes del día 19 de marzo, nombrará de entre ellos a la persona que habrá de ocupar el cargo de Rector de la Universidad de Sonora durante el periodo señalado en el párrafo segundo de la presente convocatoria.
  • Dependiendo del comportamiento de la contingencia sanitaria derivada del COVID-19 y, con base en el principio institucional de privilegiar la salud y la vida de la comunidad universitaria, los eventos incluidos en esta convocatoria podrán llevarse a cabo en la modalidad presencial o virtual, en función de los ordenamientos que se emitan por parte de las autoridades competentes en la materia, mismos que serán determinados en su momento.

En el nombramiento del Rector se tratará fundamentalmente de establecer un juicio de idoneidad académica entre el bien de la Universidad y las características de cada candidato, quien en todo caso deberá llenar los requisitos marcados por la Ley.

Sí. Se puede expresar el apoyo de varias maneras: encuesta de opinión vía electrónica, audiencia y/o comunicación escrita ante la Junta Universitaria.

Sí. La Junta Universitaria convoca a los integrantes de la sociedad sonorense que no pertenezcan a la comunidad universitaria, a que expresen su opinión a través de las redes sociales, específicamente, por @RectorUnison21

De acuerdo a la convocatoria emitida por la Junta Universitaria, antes del 19 de marzo de 2021 se nombrará a la persona que habrá de ocupar el cargo de Rector de la Universidad de Sonora en el periodo 2021-2025, y el resultado se hará público en el portal procesorector.unison.mx, y en las redes sociales institucionales.